ORGULLO MOLINERO
Reglamento INTERNO
LOS MOLINOS C.F. · C.D. SAN ANTONIO FÚTSAL
ORGULLO MOLINERO
LOS MOLINOS C.F. · C.D. SAN ANTONIO FÚTSAL
Este reglamento establece los principios, derechos y obligaciones que deben guiar la convivencia de jugadores, familias, entrenadores, personal técnico y demás personas vinculadas al club.
CAPÍTULO I
El presente Reglamento de Régimen Interno tiene por objeto regular la organización y el funcionamiento de Los Molinos C.F. y C.D. San Antonio Fútsal, dentro del marco constituido por la legislación deportiva vigente y con plena sujeción a lo establecido en su ideario.
Por ello, cualquier recomendación, norma, sanción o actuación emanada de los clubes tiene como única finalidad contribuir, a través del deporte escogido, a la adecuada formación de la personalidad y de los valores humanos de todos y cada uno de sus integrantes.
El presente Reglamento será de aplicación en los siguientes ámbitos:
A todos los efectos, el Director Deportivo, los delegados, entrenadores y jugadores serán responsables directos de las posibles acciones cometidas por sus familiares, amigos, conocidos o cualquier persona relacionada con ellos.
El incumplimiento de cualquiera de las obligaciones recogidas en el presente Reglamento facultará al Club para imponer a la persona directamente responsable las sanciones pertinentes. En casos de reiteración o extrema gravedad, podrá incluso acordarse su expulsión del equipo.
CAPÍTULO II
Para llevar a efecto este plan, el Club ha creado una estructura organizativa compuesta por la Junta Directiva, el Director Deportivo y los entrenadores. Basándose en el objeto fundamental anteriormente expuesto y apoyándose en una serie de procedimientos de actuación, tienen a su cargo las siguientes responsabilidades básicas:
Los entrenadores son aquellos miembros del Club que desempeñan la función docente en el ámbito deportivo y cuyo ejercicio se orientará a la realización de los fines educativos y deportivos establecidos en el ideario del Club. Por su proximidad al jugador, constituyen el núcleo principal de su formación y gozan de la absoluta confianza tanto del Director Deportivo como de la Junta Directiva.
La inscripción de un jugador en el Club supone el conocimiento y la aceptación, por parte de sus padres, del ideario y demás normativa, así como el compromiso de procurar que sus hijos los respeten. Los derechos y obligaciones de los padres recogidos en el presente Reglamento se entenderán referidos, en ausencia de estos, al tutor o representante legal del jugador.
CAPÍTULO III
La presente normativa será de aplicación a todos los jugadores del Club. La Junta Directiva, el Director Deportivo y los entrenadores pondrán especial cuidado en la prevención de las actuaciones disciplinarias previstas en esta normativa, mediante el contacto y la colaboración constantes.
Sin perjuicio de actuaciones posteriores, los entrenadores podrán adoptar las medidas que consideren pertinentes para mantener el orden dentro del equipo, comunicándolas posteriormente al Coordinador.
Son faltas leves:
Son faltas graves:
CAPÍTULO IV
El Director Deportivo, por delegación de la Junta Directiva, será el encargado de establecer las sanciones correspondientes a las faltas clasificadas como leves. Dará cuenta de ello al Presidente de la Junta Directiva y este, a su vez, al Comité de Disciplina, que se reunirá urgentemente al efecto para ratificar, en su caso, lo acordado por el Director Deportivo.
En el seno de la Junta Directiva podrá constituirse un Comité de Disciplina, al que corresponderá, por delegación de aquella, resolver los expedientes incoados por la comisión de hechos que puedan ser considerados faltas graves. Dicho Comité estará presidido por el Presidente del Club o la persona en quien delegue e integrado, además, por el Director Deportivo y dos miembros de la Junta Directiva.
Por la comisión de las faltas enumeradas podrán imponerse las siguientes sanciones, atendiendo a las circunstancias de cada caso: